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logoLismi¿Que son las medidas alternativas?
Las medidas alternativas son la opción que ofrece la LISMI (Ley de Integración Social de minusválidos) a las empresas públicas y privadas de 50 ó más trabajadores que excepcionalmente no puedan cumplir con la obligación del 2% de contratación de personas con discapacidad.
                           
¿Cómo se puede acoger una empresa a las medidas alternativas para poder cumplir con la obligación del 2% de reserva regido por la LISMI (Ley de Integración Social de minusválidos)?

1. El primer paso para acogerse a alguna de las medidas alternativas posibles al cumplimiento de la LISMI Comunicación de una oferta a los servicios Públicos de Empleo competentes, o las agencias de colocación en el caso de que estos no puedan atender la oferta de contratacion de minusvalidos bien sean éstas personas con discapacidad quienes renuncien a dicha oferta.

2. Cuando las empresas interesadas en acogerse a dichas medidas alternativas acrediten la existencia de razones de carácter productivo, organizativo, técnico o económico que dificulten seriamente la contratacion de minusvalidos a su plantilla, los Servicios Públicos de Empleo emiten un Certificado Temporal de Excepcionalidad.


Cuales son las medidas alternativas posibles:

  • Medida alternativa nº1: Establecer un contrato mercantil o civil con un Centro Especial de Empleo (CEE) o con un trabajador autónomo con discapacidad para el suministro de materias primas, maquinaria, bienes de equipo o cualquier otro tipo de bienes necesarios para el normal desarrollo de la actividad de la empresa.
  • Medida alternativa nº2: Llevar a cabo un contrato mercantil o civil con un Centro Especial de Empleo CEE o con un trabajador autónomo con discapacidad para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad normal de la empresa.
  • Medida alternativa nº3: Realizar donaciones o acciones de patrocinio de carácter monetario, a una Asociación o Fundación de utilidad pública cuyo objetivo social sea, entre otros, la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo a favor de las personas con discapacidad.
  • Medida alternativa nº4: Constituir un enclave laboral, previa suscripción del correspondiente contrato con un Centro Especial de Empleo CEE.


Como cumplir con la Ley de Integración Social de minusválidos a través de las medidas alternativas:

  • Las empresas para poder adoptar alguna de las medidas alternativas al cumplimiento de la cuota de reserva del 2% deben solicitar a los servicios de empleo público competentes la declaración de excepcionalidad.
  • La Dirección General de Empleo con competencia o la agencia de colocación autorizada concede el certificado de excepcionalidad..
  • La ejecución de las Medidas Alternativas deberá realizarse durante el período de validez del certificado de Excepcionalidad. Anualmente deberá destinarse a dicho fin, como mínimo, la cantidad económica anual estipulada en la normativa que lo regula (Real Decreto 364/2005).

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